La Ley 31/1995 de 8 de noviembre, conocida como la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), junto con el Reglamento de Servicios de Prevención (Real Decreto 39/1997), implementan lo establecido en la Constitución Española, que busca salvaguardar la seguridad y la salud en el ámbito laboral, considerándolo uno de los principios fundamentales de la política social y económica.
8.1. Identificacion de riesgos
Riesgo laboral: la probabilidad de que un empleado sufra daños específicos como resultado de las condiciones en las que realiza su trabajo.
Tipos de riesgos laborales:
- Mecánicos.
- Físicos.
- biológicos.
- Químicos.
- psicológicos.
- Sociales.
- Morales.
Las consecuencias de los riesgos laborales incluyen accidentes laborales, enfermedades y repercusiones económicas.
8.2. Determinación de medidas de prevención de riesgos laborales
Acción preventiva: conjunto de medidas que deben tomarse para lograr una protección efectiva y garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores.
Principios de la acción preventiva:
Evitar los riesgos.
Evaluar los riesgos que no se pueden evitar.
Combatir los riesgos en su origen.
Adaptar el trabajo a la persona, la elección de equipos y métodos de trabajo y producción, para reducir la monotonía y la repetitividad laboral y reducir sus efectos en la salud.
Tener en cuenta los avances técnicos.
Sustituir lo peligroso por algo que implique poco o ningún riesgo.
Planificar la prevención, integrando la técnica, la organización del trabajo, las condiciones laborales, las relaciones sociales y la influencia de los factores ambientales en el trabajo.
Adoptar medidas que prioricen la protección colectiva o individual, y proporcionar las instrucciones adecuadas a los trabajadores.
Las técnicas de prevención actúan directamente sobre los riesgos antes de que se materialicen. Las medidas preventivas pueden incluir información e información a los trabajadores, evaluación de riesgos e inspección de prevención de riesgos.
Las técnicas de protección actúan exclusivamente sobre las posibles consecuencias, ya sea reduciéndolas o eliminándolas si el riesgo se materializa.
8.3. Normativa de prevención de riesgos laborales en las de mantenimiento de vehículos e instalaciones
Dentro de las operaciones de mantenimiento de vehículos, es importante tener en cuenta la normativa que se deriva de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (RD 31/1995, BOE 8-9-1995). A continuación, se mencionan las regulaciones relevantes:
RD 485/1997, referente a la señalización (BOE 23-04-1997).
RD 486/1997, sobre los lugares de trabajo (BOE 23-04-1997).
RD 487/1997, acerca de la manipulación manual de cargas (BOE 23-04-1997).
RD 488/1997, en relación con las pantallas de visualización (BOE 23-04-1997).
RD 664/1997, que aborda los agentes biológicos (BOE 24-05-1997).
RD 665/1997, centrado en los agentes cancerígenos (BOE 24-05-1997).
RD 773/1997, sobre los equipos de protección individual (BOE 12-06-1997).
RD 1215/1997, sobre los equipos de trabajo (BOE 07-08-1997).
RD 1495/1986, que establece el Reglamento de Seguridad en las Máquinas.
Además, también es relevante el RD 1316/1989, del 27 de octubre, que se enfoca en la protección de los trabajadores frente a los riesgos derivados de la exposición al ruido durante el trabajo.
8.4. Factores y situaciones de riesgo
Se utiliza una técnica analítica de seguridad que consiste en observar directamente las instalaciones, equipos y procesos productivos para identificar los peligros existentes y evaluar los riesgos en los puestos de trabajo.
Un aspecto fundamental de la inspección de seguridad son las fuentes de información, que pueden incluir análisis documentales, estadísticos y observaciones directas.
Las etapas de las revisiones e inspecciones son:
Selección de las personas encargadas de realizarlas, con los conocimientos y la experiencia necesaria.
Obtención de información técnica, organizativa y humana sobre el proceso productivo.
Recopilación y estudio de toda la información previa disponible sobre los posibles riesgos.
Elaboración de una lista de puntos a revisar.
8.4.1. factores generales de la empresa o explotación
Es importante revisar el estado de los locales, suelos, escaleras, pasillos, puertas, salidas, aberturas en paredes, huecos en suelos, separación entre máquinas, orden y limpieza, iluminación natural y artificial, condiciones climáticas (temperatura, humedad, corrientes de aire , etc.), ventilación, aire acondicionado y otras instalaciones.
El uso de herramientas manuales conlleva algunos riesgos como proyecciones de partículas a los ojos, cortes, pinchazos y golpes o caídas de las herramientas.
Las medidas preventivas que deben adoptarse son:
Use la herramienta adecuada para cada tarea y verifique su buen estado.
Mantenga las herramientas limpias y en buenas condiciones.
Evitar el uso de herramientas con mandos flojos.
No lanzar herramientas.
No llevar herramientas en los bolsillos.
Mantenga las herramientas de corte afiladas y con la protección adecuada.
Mantener las herramientas ordenadas.
En el caso de las máquinas, es necesario revisar los siguientes aspectos para garantizar una seguridad adecuada: características técnicas, fecha de adquisición, marcado CE, modificaciones y limitaciones, estado de las protecciones, sistemas de seguridad, métodos de trabajo, accesibilidad al punto de operación, frecuencia de operación, número de operarios afectados, mantenimiento y utilización adecuada.
8.4.2. instalación eléctrica
La intensidad de la corriente y la duración del contacto eléctrico son los factores que más influyen en los efectos y lesiones provocadas por accidentes eléctricos.
Existen dos tipos de contacto eléctrico:
- Contacto directo, que ocurre con las partes de la instalación que están bajo tensión (por ejemplo, un cable eléctrico).
- Contacto indirecto, que se produce con masas o equipos accidentalmente puestos bajo tensión (como la carcasa de un motor).
La normativa aplicable a las instalaciones eléctricas incluye el RD 614/2001, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico, y el Decreto 2413/1973, que aprueba el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión.
8.4.3. Sistemas de seguridad aplicados a maquinaria y equipos
- Peligro mecánico: causado por elementos físicos de la máquina, como elementos móviles, elementos de transmisión o proyección de partes rotas de la máquina.
- Peligro eléctrico: provocado por contactos directos e indirectos con la electricidad.
- Peligro térmico: puede resultar en quemaduras.
- Peligro por exposición al ruido.
- Peligro por exposición a vibraciones.
- Peligro por radiaciones.
- Peligro por materiales o sustancias.
- Peligro debido a un diseño deficiente de la máquina.
La legislación específica aplicable a la seguridad de las máquinas incluye la Directiva 89/392/CEE sobre Seguridad en Máquinas y el Real Decreto 1495/1986, que regula la Seguridad en Máquinas.
8.4.4. almacenamiento y manejo de cargas
Normas generales para el almacenamiento:
1. Las características técnicas, como la altura adecuada, las dimensiones de los pasillos, las estanterías o las pilas de almacenamiento, entre otros.
2. El diseño, construcción y montaje de las estanterías deben ser adecuados para soportar el peso.
3. Se deben tomar las medidas necesarias para realizar el mantenimiento periódico de las instalaciones de almacenamiento.
4. Se debe proporcionar información y formación a los trabajadores sobre el uso adecuado de las instalaciones de almacenamiento y la disposición correcta de los materiales en ellas.
Las medidas preventivas a adoptar en las áreas de almacenamiento son:
- Retirar el área de trabajo lo que no se utiliza.
- Almacenar objetos en posición vertical sobre el nivel del suelo.
- No exceder la capacidad de carga segura de estantes, repisas o suelos.
- Uso de escaleras para acceder a estanterías superiores.
- No subirse a las estanterías.
- No soporte cargas pesadas en paredes estructurales.
- Asegurar objetos que puedan rodar.
En cuanto a la manipulación y transporte de materiales, es importante tener en cuenta lo siguiente:
1. Siempre que sea posible, utilice medios mecánicos adecuados y seguros para manipular cargas.
2. En caso de manipulación manual, siga las disposiciones establecidas en el RD 487/1997, de 14 de abril, sobre las medidas mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que impliquen riesgos dorsolumbares para los trabajadores.
3. Proporcionar información y formación a los trabajadores sobre la forma correcta de manipular cargas.
4. Usando técnicas de levantamiento manual, como mantener la espalda recta, flexionar las rodillas y utilizar la fuerza de las piernas.
5. La Directiva 88/C-318/14 establece pesos máximos para hombres y mujeres. Para cargas ocasionales, el peso máximo es de 50 kg para hombres y 25 kg para mujeres, mientras que para cargas frecuentes, el peso máximo es de 25 kg para hombres y 10 kg para mujeres.
Las medidas preventivas a adoptar en el transporte y manejo de cargas son:
- Utilizar equipos adecuados para la tarea.
- Realizar revisiones periódicas de los equipos.
- Delimitar zonas de circulación para materiales y personas, que deben estar libres de obstáculos y bien iluminadas.
- Realice elevaciones y descensos de cargas de forma lenta, acelerando arranques o paradas bruscas.
- Al manejar, las máquinas posicionarse de manera que se tenga control sobre la zona de carga y descarga, evitar dejar cargas suspendidas, no trasladar cargas por encima de personas y prohibir que las personas permanezcan debajo de las cargas.
8.4.5. Factores fisicos ambientales en el lugar de trabajo
A) Ruido.
Se refiere a la combinación de sonidos que generan una sensación desagradable, interfieren o impiden actividades humanas.
Diversos tipos de ruido:
- Ruido continuo que dura más de 10 minutos (uniforme, variable y fluctuante).
- Ruido transitorio que dura igual o menos de 5 minutos (periódico, aleatorio y de fondo).
- Ruido de impacto con una duración inferior a un segundo.
Los efectos del ruido pueden causar alteraciones:
- En el comportamiento: disfonía, cansancio, fatiga prematura.
- Psicológicas: cambios en el ritmo del sueño, malestar general, cambios de humor.
- Fisiológicas: alteraciones endocrinas, perceptivas, cardiovasculares, gastrointestinales y auditivas.
La normativa que se aplica a los riesgos relacionados con la exposición al ruido es el RD 286/2006, de 10 de marzo, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores.
B) Vibraciones.
Se trata de la propagación de ondas elásticas que causan deformaciones y tensiones en un medio continuo.
Tipos de vibraciones:
- Vibraciones mano-brazo.
- Vibraciones de cuerpo entero.
Los efectos de la exposición a vibraciones pueden incluir:
- Malestar.
- Interferencia con la actividad.
- Alteraciones en las funciones fisiológicas, neuromusculares, cardiovasculares, entre otras.
- Fenómeno de Raynaud o blanqueamiento de los dedos (común en el uso de motosierras).
El RD 1311/2005, de 4 de noviembre, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos derivados de las vibraciones mecánicas, contiene las medidas preventivas aplicables, que incluyen:
Sobre el medio de transmisión: uso de ropa antivibraciones.
Sobre el receptor: límites de exposición, información y formación de los trabajadores.
C) Radiaciones (ionizantes y no ionizantes).
Son ondas electromagnéticas emitidas por ciertos materiales.
D) Campos magnéticos.
Se originan a partir de corrientes eléctricas: a mayor corriente, mayor campo magnético.
8.4.6. Factores químicos en el entorno de trabajo
Los contaminantes químicos son elementos o compuestos químicos que, debido a su estado y características físico-químicas, pueden entrar en contacto con las personas y tener un efecto adverso en su salud.
Los contaminantes químicos se dividen en dos grupos principales:
- Partículas: iones, materia en suspensión, materia sedimentaria y, en particular, aerosoles.
- Gases y vapores: como monóxido de carbono, fosgeno, arsenamina y vapores de compuestos químicos líquidos con alta tensión de vapor.
Las principales vías de exposición son la respiratoria, dérmica y digestiva.
8. 4. 7. Factores biológicos del entorno de trabajo
Los agentes biológicos son microorganismos, con inclusión de los genéticamente modificados, cultivos celulares y endoparásitos humanos, de diversos tipos: bacterias, virus, protozoos, hongos, gusanos, parásitos, animales y vegetales, que se introducen en el organismo humano y son susceptibles de originar cualquier tipo de infección, alergia o toxicidad.
Las vías de penetración de los agentes biológicos pueden ser:
-Inhalación
-Cutánea:
-Digestiva
-Parenteral
8. 4. 8. Condiciones ambientales del entorno de trabajo
Las condiciones de temperatura y humedad de los lugares de trabajo deben ajustarse al anexo III del RD 486/1997:
1.La exposición a las condiciones ambientales de los lugares de trabajo no deben suponer un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores.
2.Las condiciones ambientales de los lugares de trabajo no deben constituir una fuente de incomodidad o molestia para los trabajadores. Deberán evitarse las temperaturas y las humedades extremas, los cambios bruscos de temperatura...etc
- 8. 4. 9. Carga de trabajo
Se refiere al conjunto de requerimientos físicos y psíquicos a los que se ve sometida la persona en su puesto de trabajo a lo largo de su jornada laboral.
La carga física se refiere a las demandas de esfuerzos físicos, posturas, etc. Dan lugar a lesiones y fatigas producidas por el tipo de trabajo y por las condiciones ambientales presentes (calor, ruido, etc.).
Debemos de tener en cuenta los esfuerzos físicos, la postura de trabajo y la manipulación de cargas.
La carga psíquica o mental de trabajo es el resultado de esfuerzos perceptivos y cognitivos que ha de realizar el trabajador a nivel individual, factores técnicos, organizacionales y sociales.
Los factores que influyen son:
● La cantidad de información que se recibe.
● La complejidad de la respuesta que se exige.
● El tiempo en que se ha de responder.
● las capacidades individuales.
- 8. 4. 10. Fichas de seguridad
Las fichas de seguridad deben redactarse, al menos, en la lengua oficial del Estado, incluyendo obligatoriamente los siguientes puntos:
● Identificación del preparado y del responsable de su comercialización.
● Composición/información sobre los componentes.
● Identificación de los peligros.
● Medidas para los primeros auxilios.
● Medidas de lucha contra incendios.
● Medidas que deben tomarse en caso de vertido accidental.
● Manipulación y almacenamiento.
● Controles en caso de explosión y protección individual.
● Propiedades físicas y químicas.
● Estabilidad y reactividad.
● Informaciones toxicológicas.
● Informaciones ecológicas.
● Consideraciones sobre la eliminación.
● Informaciones relativas al transporte.
● Informaciones sobre reglamentación.
● Otras informaciones.
8.5. Seguridad y señalización en el taller
Estos aspectos se dividen en: normas de seguridad y señalización.
8.5.1. normas de seguridad
Las normas de seguridad se pueden clasificar en dos categorías:
1. Normas generales: se aplican a todo el lugar de trabajo y siguen pautas generales para garantizar la seguridad.
2. Normas específicas: se enfocan en acciones y operaciones particulares, indicando la forma segura de realizar tareas específicas.
La señalización consiste en un conjunto de estímulos que guían el comportamiento de quienes los obtienen en relación a una circunstancia específica que se desea resaltar.
El RD 485/1997 establece las disposiciones mínimas de señalización de seguridad y salud en el trabajo.
Algunos tipos de señales comunes en talleres son:
- Señales de advertencia de peligro
- Señales de prohibición
- señales de obligación
- señales de equipos de lucha contra incendios
- Otras
8.6. Principios fundamentales de seguridad en las instalaciones
Las instalaciones y áreas de trabajo son los espacios, construidos o no, en los que los empleados deben permanecer o a los que pueden acceder como parte de su labor. Esto incluye servicios sanitarios, áreas de descanso, salas de primeros auxilios y comedores.
8.7. Equipos y dispositivos de proteccion personal
Los Equipos de Protección Individual (EPI) son cualquier tipo de equipo diseñado para ser utilizado o llevado por los trabajadores con el fin de proteger su seguridad y salud contra uno o varios riesgos potenciales. Esto incluye cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin.
Los EPI solo deben ser utilizados cuando no sea posible implementar medidas de protección colectiva.
Según el RD 773/1997, los empleadores tienen la obligación de:
- Identificar los puestos de trabajo que requieren el uso de protección personal.
- Seleccione los EPI adecuados.
- Proporcionar gratuitamente a los trabajadores los EPI necesarios.
- Garantizar el uso adecuado de los equipos.
- Asegurar el mantenimiento de los EPI.
Los EPI se clasifican según la parte del cuerpo que protegen (según el Anexo I del RD 773/1997):
- Protección de la cabeza.
- Protectores auditivos.
- Protección ocular y facial (gafas, visores faciales).
- Protección respiratoria (máscaras filtrantes, equipos de respiración autónoma, etc.).
- Protección de manos y brazos (guantes, manoplas, mangas).
- Protección de pies y piernas (calzado de seguridad, polainas, rodilleras).
- Protección del tronco y abdomen (chalecos, chaquetas, cinturones).
- Protección corporal completa (ropa de protección, arneses anticaídas).
- Protección de la piel.
Una inspección adecuada de los EPI debe considerar los siguientes aspectos:
- Marcado CE.
- Categoría del EPI.
- Existencia y disponibilidad.
- Uso apropiado.
- Estado y calidad del equipo.
- Fecha de caducidad.
- Adecuación al riesgo.
8.8. Prevención y seguridad colectiva
Las medidas de prevención colectiva son aquellas que protegen a varias personas simultáneamente o a una persona individual, independientemente de su identidad.
Es prioritario implementar medidas de protección colectiva antes que medidas de protección individual.
En ocasiones, al utilizar máquinas o equipos de trabajo, no es posible eliminar por completo el riesgo en su origen, por lo que es necesario recurrir a medios de protección colectiva, que se agrupan en dos categorías principales:
1. Resguardos: son componentes de la maquinaria que actúan como barreras físicas para garantizar la protección. Pueden ser fijos, envolventes, distanciadores, regulables, móviles o móviles con bloqueo.
2. Dispositivos de protección: son aquellos que evitan que se inicien o mantengan una fase peligrosa de la maquinaria cuando se detecta o es posible la presencia humana en la zona de peligro. Ejemplos de estos dispositivos son los controles sensibles, las pantallas móviles, los dispositivos sensibles, las barreras fotoeléctricas, las barreras capacitivas, los sensores de ultrasonido, los tapices sensibles, entre otros.
Algunas medidas específicas de protección colectiva incluyen:
- Barandillas resistentes a impactos para prevenir caídas por aberturas.
- Resguardos en maquinaria para proteger contra atrapamientos por partes giratorias, cortantes o prensantes.
- Resguardos que protegen directamente al trabajador.
- Resguardos contra proyecciones o chispas.
- Sistemas de ventilación y extracción de aire para mantener la calidad del aire en espacios cerrados.
- Interruptores diferenciales que desconectan automáticamente el suministro eléctrico en caso de cualquier anomalía.
8.9. Normativa para la gestión de residuos
Según la Ley 22/2011 de residuos y suelos contaminados, un residuo es cualquier sustancia u objeto del cual su poseedor se deshace o está obligado a desaparecer.
8.10. clasificación y almacenamiento de residuos
Los residuos se clasifican según su origen en:
a) Residuos inertes: son sólidos o pastosos y no sufren cambios físico-químicos o biológicos significativos. No se consideran tóxicos ni peligrosos.
b) Residuos tóxicos o peligrosos: están incluidos en la lista de residuos establecida por el RD 952/1997, así como los recipientes y envases que los contienen.
c) Residuos urbanos o asimilables a urbanos: se generan en hogares, comercios, oficinas y servicios, y no se clasifican como peligrosos. Su naturaleza o composición se asemeja a los residuos generados en los lugares o actividades mencionadas anteriormente.
Para el almacenamiento de residuos, ya sean peligrosos o no, se recomienda acondicionar un área cubierta con acceso controlado y suficiente superficie para moverse sin riesgos. Además, es necesario contar con bandejas o sistemas de contención para evitar derrames en caso de residuos líquidos o pastosos.
8.11. Tratamiento y recogida de residuos
Está prohibido abandonar, verter o eliminar residuos, así como mezclarlos o diluirlos de manera que dificulte su gestión.
Los recipientes que contienen residuos peligrosos deben estar etiquetados de forma clara, legible e indeleble, al menos en el idioma oficial del país.
La Unión Europea establece tres líneas de acción a seguir:
- Minimizar la generación de residuos en su origen.
- reciclar
- Realizar una eliminación segura de los residuos no recuperables.
8.12. Cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales
El empresario debe seguir principios generales al tomar medidas para garantizar la protección en el entorno laboral, conocidos como principios de la actividad preventiva.
La secuencia que debe seguir el empresario en la implementación de la acción preventiva (Art. 15 de la LPRL) se basa en nueve principios generales:
1. Evitar los riesgos.
2. Evaluar los riesgos inevitables.
3. Combatir los riesgos en su origen.
4. Adaptar el trabajo a la persona.
5. Tener en cuenta la evolución de la técnica.
6. Sustituir lo peligroso por algo menos o no peligroso.
7. Planificar la prevencion.
8. Dar prioridad a las medidas de protección colectiva sobre las personas.
9. Proporcionar las instrucciones adecuadas a los trabajadores.
Los trabajadores también deben contribuir en la medida de lo posible a la seguridad y salud en el trabajo, cooperando con el empresario para mantener condiciones laborales seguras.
El incumplimiento por parte de los empresarios de sus obligaciones en materia de prevención de riesgos conlleva responsabilidades laborales administrativas, penales y civiles por los daños y perjuicios resultantes de dicho incumplimiento.
8.13. Cumplimiento de la normativa de protección medioambiental
Las competencias en materia de medio ambiente corresponden a las comunidades autónomas, las cuales desarrollan la legislación aplicable.
A nivel nacional, es relevante mencionar lo establecido en la Ley 26/2007 de responsabilidad medioambiental:
1. La responsabilidad medioambiental es ilimitada, ya que implica la obligación de restaurar los recursos naturales dañados a su estado original, asumiendo todos los costes necesarios.
2. La responsabilidad medioambiental es de carácter objetivo, lo que implica que se deben cumplir obligaciones de actuación independientemente de la culpa, dolo o negligencia del operador responsable.
8.14. Compromiso ético con los valores de conservación y protección del patrimonio ambiental y cultural de la sociedad
El patrimonio ambiental comprende elementos tangibles e intangibles que la comunidad valora más allá de su valor concreto y cuantificable, incluyendo el patrimonio cultural y el patrimonio nacional.
El patrimonio cultural se divide en tangible, que abarca los elementos materiales como monumentos y construcciones, e intangible, que se refiere a aspectos más allá de lo material, como las costumbres y los idiomas.
El patrimonio nacional está constituido por la diversidad de paisajes que incluyen la flora y fauna de un territorio. Esto engloba reservas de la biosfera, monumentos naturales, reservas y parques nacionales, y santuarios de la naturaleza.
8.15. gestion ambiental
La norma UNE-EN ISO 14001 establece los requisitos para implementar un sistema de gestión medioambiental (SGMA) en una empresa.
Según esta norma, las principales fases para una implementación correcta del SGMA son:
1. Planificación.
2. Implementación y funcionamiento.
3. Control y acción correctiva.
4. Revisión y mejora continua.
La norma ISO 14001 requiere auditorías periódicas del SGMA para determinar si se ha implementado adecuadamente y si cumple con los planes de gestión establecidos.
Los beneficios de la gestión medioambiental en una empresa son:
- Factor de competitividad al demostrar un comportamiento ambiental adecuado.
- Reducción de riesgos al disminuir la probabilidad de accidentes que puedan afectar al entorno.
- Reducción de costos de consumo y transporte.
- Implicación de las personas que forman parte de la empresa.
- Apertura de nuevos mercados.
- Beneficios economicos.
- Mejora de la imagen de la empresa.